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Política De Cambio

Actualización, jueves 4 de septiembre del 2025

1. Garantía de Autenticidad y Procedencia

Perfumería Miracle certifica ante los entes de importación de la Zona Libre de Colón que todas nuestras mercancías provienen exclusivamente de distribuidores autorizados por cada casa fabricante. Esto garantiza la autenticidad, trazabilidad y calidad de nuestros productos, respaldada por más de veinte años de trayectoria en el mercado panameño y un compromiso permanente con la calidad del producto y la satisfacción del cliente.

2. Productos Abiertos

Los productos de belleza y perfumería forman parte de la categoría de salud pública. Por normativa sanitaria y conforme a los principios de la Ley 45 de 2007, los productos abiertos, usados o alterados NO califican para cambio.

Esto incluye:

  • Frascos destapados

  • Atomizadores accionados

  • Cajas abiertas o manipuladas

  • Sellos de seguridad removidos

 

3. Cambios por Defectos de Fábrica

Perfumería Miracle aceptará cambios únicamente cuando exista un defecto físico de fábrica, específicamente en:

  • Atomizadores que no funcionen

  • Mecanismos internos dañados

  • Componentes estructurales defectuosos

Antes de aprobar el cambio, el producto será evaluado por el Departamento de Control de Calidad, que certificará si el daño es de fábrica y no atribuible al cliente.

No califican para cambio los productos que presenten:

  • Rayones

  • Cortes

  • Manchas

  • Golpes

  • Evidencia de mala manipulación

Estos casos se consideran daños por uso indebido.

 

4. Cambio por Artículo (Producto Nuevo)

Si el producto no presenta daño físico, el cliente podrá solicitar un cambio por otro artículo, cumpliendo las siguientes condiciones:

  • El producto debe estar nuevo, sin abrir y sin alterar

  • Debe presentarse la factura física o electrónica

  • El cambio debe solicitarse dentro de 15 días desde la fecha de facturación

  • Si el nuevo artículo tiene un valor mayor, el cliente deberá pagar la diferencia

Productos abiertos no califican para este tipo de cambio.

 

5. Documentación y Procesos en Zona Libre

Para procesar un cambio de mercancía, el cliente deberá presentar:

  • Declaración Comercial

  • Factura de Venta

Se generará una nueva entrada comercial en Zona Libre, cuyo costo es de USD 40.00.

El cliente asumirá todos los gastos relacionados con:

  • Transporte

  • Manejo de carga

  • Declaraciones comerciales adicionales

  • Traspasos o salidas de mercancía

 

6. Procedimiento Interno

  • Toda solicitud de cambio inicia con su agente de ventas, quien coordinará con el Departamento de Atención al Cliente.

  • El área responsable del proceso será el Departamento de Tráfico Comercial.

  • El cliente dispone de 24 horas para reportar cualquier solicitud de cambio después de confirmado el recibo de la mercancía.

  • Dependiendo del flujo operativo, el proceso puede tardar hasta 48 horas.

 

7. Productos de Alta Gama

Las siguientes pautas aplican a productos clasificados como Alta Gama:

  • Deben presentarse nuevos, sin usar, sin alterar

  • Deben conservar etiquetas, sellos de higiene, certificados, tarjetas de garantía y empaque original de la marca

  • Deben enviarse utilizando la etiqueta de cambio proporcionada por Perfumería Miracle

  • En casos excepcionales, cuando se requiera verificación con la marca, el proceso de evaluación puede extenderse

  • Productos que contengan materiales peligrosos, gases o líquidos inflamables no califican para cambio

 

ANEXO LEGAL – LEY 45 DE 2007 (Artículos Relevantes)

(Presentado únicamente como referencia normativa para fortalecer la política de cambio)

  • Artículo 35 – Establece la obligación del proveedor de garantizar que los bienes ofrecidos al consumidor sean aptos para el uso previsto y estén libres de defectos.

  • Artículo 36 – Regula la responsabilidad del proveedor cuando el producto presenta defectos comprobados de fábrica.

  • Artículo 38 – Señala que el proveedor debe reemplazar el bien cuando el defecto no permita su uso normal.

  • Artículo 43 – Indica que los productos de uso personal, higiene o salud no pueden ser objeto de cambio cuando hayan sido abiertos o utilizados.

  • Artículo 50 – Establece que el proveedor debe actuar dentro de un plazo razonable y sin causar perjuicio al consumidor en los procesos de garantía.

  • Artículo 77 – Reconoce el derecho del proveedor a establecer políticas internas siempre que no contradigan la Ley 45 y sean comunicadas de forma clara al consumidor.

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